En la actualidad, la gran mayoría de las personas disponen de un inmueble en propiedad, ya sea un piso o un local. Pero, ¿realmente conocemos nuestras obligaciones básicas como propietarios en una comunidad de propietarios?
Para aclarar estas obligaciones, podemos destacar el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de junio, con sus modificaciones hasta 2024), donde se establecen las siguientes obligaciones del propietario:
- Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes:
– Hacer un uso adecuado de los mismos y evitar en todo momento que se causen daños o desperfectos.
- Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas:
– Sin perjudicar a la comunidad o a los otros propietarios.
– Resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
- Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble:
– Permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general.
– Tener derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
- Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada, a los gastos generales:
– Para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
- Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva:
– Este fondo, según la última actualización de la ley en 2023, no podrá ser inferior al 10% del último presupuesto ordinario de la comunidad.
– Utilizado para atender las obras de conservación y reparación de la finca, así como para la implementación de mejoras de eficiencia energética.
- Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares:
– Responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados.
- Comunicar al secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio a efectos de citaciones y notificaciones:
– De toda índole relacionadas con la comunidad.
- Comunicar al secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local:
– Esta comunicación debe realizarse de manera oportuna para actualizar los registros de la comunidad.
Cambios relevantes en la normativa hasta 2024
La normativa de Propiedad Horizontal ha visto varias actualizaciones significativas en los últimos años, especialmente en aspectos relacionados con la sostenibilidad y la eficiencia energética. Estas son algunas de las novedades:
– Fondo de reserva aumentado:
– La obligación de mantener un fondo de reserva no inferior al 10% del último presupuesto ordinario, con el objetivo de garantizar fondos suficientes para mejoras estructurales y energéticas.
– Eficiencia energética:
– Desde 2022, las comunidades de propietarios están obligadas a realizar auditorías energéticas y a implementar medidas de eficiencia energética, financiadas en parte por el fondo de reserva y subvenciones estatales.
– Digitalización de la comunicación:
– Se fomenta la digitalización de las comunicaciones entre propietarios y la administración de la comunidad, permitiendo la utilización de medios electrónicos para notificaciones y citaciones, impulsado por la Ley de Impulso de la Digitalización en Comunidades de Propietarios (2023).
Conocer y cumplir estas obligaciones es fundamental para mantener una convivencia armoniosa y responsable dentro de la comunidad de propietarios, además de contribuir al sostenimiento y mejora del inmueble y sus servicios comunes.